Cómo aplicar el nuevo control horario en las empresas

Este pasado viernes ha entrado en vigor el nuevo registro del horario laboral, una de las medidas que forma parte del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo. Desde su publicación, las empresas tienen de plazo un mes –es decir, hasta el próximo 12 de mayo- para adaptarse a una normativa, de manera que su incumplimiento puede suponer sanciones de entre 626 euros y 6.250 euros, según aclaró la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

Es por ello que resulta fundamental conocer bien su articulado, en el que se especifica, por ejemplo, que “la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo”. También se cita que “se organizará y documentará este registro de jornada” y, además, se establece que “la empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años“.

¿Qué se puede concluir de todo esto? Que se va a implantar la obligatoriedad del fichaje para constatar el cumplimiento de los horarios. El problema con el que ahora se encuentran muchas empresas es cómo acreditar correctamente que sus empleados trabajan las horas que han firmado en su contrato cuando ejercen sus actividades lejos de la sede física de la empresa y pasan su tiempo de trabajo en diferentes lugares cada día.

Se trata de una circunstancia que ocurre de forma habitual por ejemplo, en el Servicio de Ayuda a Domicilio. Es por ello que Gesad desarrolló una funcionalidad propia pionera en el sector y que ha supuesto un punto de inflexión en el SAD desde la perspectiva tecnológica. Hablamos del Control de Presencia. Con este sistema, se puede saber la hora exacta de inicio y finalización de cualquier servicio, no sólo de la Ayuda a Domicilio.

El funcionamiento de esta herramienta es tan sencillo e intuitivo que permite que cualquier profesional pueda usarlo sin problema. Consiste en ‘capturar’ un código QR o NFC con un teléfono móvil. Y si el trabajador no dispone de acceso a un smartphone, sólo tiene que hacer una llamada a un número de teléfono gratuito, que registra automáticamente el fichaje del servicio.

Este control facilita la gestión inmediata de las incidencias que puedan surgir, pero también permite una óptima planificación de los horarios y tareas por parte del coordinador del servicio. Por ejemplo, en el caso del SAD, si se supera el tiempo de espera permitido sin que haya llegado un auxiliar al domicilio previsto, esa información se traslada a los coordinadores, responsables públicos del servicio y familiares de forma transparente, veraz e inmediata.

Con datos tan útiles como esos, se pueden elaborar informes analíticos sobre los tiempos de trabajo y se ayuda así a mejorar la toma de decisiones, tanto de la administración como de la empresa concesionaria. Otra de las formas en que el Control de Presencia de Gesad ayuda a las empresas y que muestra cómo, tras la aprobación del Real Decreto 8/2019, se ha convertido en la solución más idónea para cumplir con lo que marca la nueva legislación.